El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) confirmó la negativa de registro como partido político local a Movimiento Histórico Yucateco Ja-la’acho’ob Mexicana, al considerar que la organización no alcanzó el mínimo de asambleas distritales válidas establecido por la legislación.
De las 18 asambleas realizadas por la agrupación, sólo ocho fueron consideradas válidas. Aun bajo el escenario más favorable, con la restitución de algunos casos y la corrección de documentos, habría llegado a 13, una menos de las 14 requeridas para obtener el registro.
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El Tribunal también vinculó al IEPAC para que, en futuros procesos de constitución de partidos, documente de forma íntegra, individualizada y verificable las consultas domiciliarias, además de atender oportunamente las solicitudes de información de las organizaciones participantes.
En otro asunto, el TEEY revocó un acuerdo del IEPAC relacionado con peticiones de integrantes de la comunidad maya, al considerar que el instituto respondió de manera limitada y sin aplicar una perspectiva intercultural. Por ello, ordenó emitir una nueva respuesta que analice la viabilidad de establecer un mecanismo institucional para vigilar la participación política y las acciones afirmativas destinadas a ese sector.
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Finalmente, el Tribunal revocó una determinación de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral sobre una denuncia contra el registro de Alianza Social Yucatán. Determinó que dicha instancia sí debía tramitar el procedimiento y turnarlo a la Comisión de Denuncias y Quejas.
Aclaró además que una denuncia pendiente no impide por sí misma el registro partidista, aunque si posteriormente se acredita alguna irregularidad, el Consejo General del IEPAC deberá determinar las posibles consecuencias.