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Campeche

Congreso de Campeche obligará al Estado a proteger a niños en orfandad por feminicidio

La iniciativa del diputado Jorge Salim Abraham Quijano incorpora criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y busca proteger a menores en extrema vulnerabilidad.

Niñez en orfandad tendrá acceso prioritario a programas sociales en Campeche
Niñez en orfandad tendrá acceso prioritario a programas sociales en Campeche / Especial

Con voto unánime, el Congreso del Estado aprobó un dictamen para reformar la Constitución Política del Estado, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y la Ley de Desarrollo Social, con el objetivo de garantizar atención prioritaria a menores en situación de orfandad como consecuencia del delito de feminicidio.

La iniciativa fue promovida por el diputado Jorge Salim Abraham Quijano y contempla la adición de un párrafo décimo al artículo seis de la Constitución local, así como modificaciones a la legislación estatal en materia de desarrollo social y derechos de la niñez. Entre los puntos aprobados destaca que las niñas, niños y adolescentes en condición de orfandad tendrán acceso prioritario a programas sociales del Estado y deberán recibir apoyo integral hasta alcanzar la mayoría de edad.

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Durante la lectura del dictamen se señaló que, aunque en México no existe una estadística oficial sobre menores en situación de orfandad, el Imperial College London estimó que hasta noviembre de 2022 alrededor de 215 mil 300 niñas, niños y adolescentes perdieron a uno o ambos padres por causas asociadas al Covid-19. El dictamen también retoma criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece la obligación del Estado de brindar medidas especiales de protección a menores que enfrentan situaciones de extrema vulnerabilidad, particularmente tras feminicidios o hechos violentos que alteren su entorno familiar.

Las modificaciones aprobadas establecen además que las autoridades estatales deberán garantizar políticas y programas que favorezcan el desarrollo integral de este sector, bajo el principio del interés superior de la niñez y la adolescencia. Por otra parte, el pleno aprobó un dictamen relativo a una reforma al artículo 169 del Código Penal estatal para endurecer sanciones por el delito de abuso sexual cuando éste sea cometido en espacios públicos, transporte o establecimientos abiertos al público.

Aunque originalmente la propuesta planteaba reformar la fracción V del artículo 169, durante el análisis legislativo la Diputación Permanente determinó modificar la técnica jurídica y adicionar una nueva fracción III Bis, debido a cambios previos realizados al Código Penal mediante el Decreto 195 publicado en febrero de 2026. Con la modificación aprobada, las penas por abuso sexual aumentarán en una tercera parte cuando el delito sea cometido en lugares y espacios públicos; instituciones gubernamentales; establecimientos comerciales; transporte público de pasajeros; transporte privado de pasajeros; y vehículos contratados mediante plataformas digitales.