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Yucatán

Nueva reforma al Registro Civil en Yucatán agilizará los trámites en 30 minutos: adopciones y divorcios entre ellos

El 28 de julio comenzará a aplicarse la nueva reforma al Registro Civil en Yucatán para simplificación de trámites.

Una reforma al Registro Civil agiliza 10 trámites, que deberán resolverse en un máximo de 30 minutos
Una reforma al Registro Civil agiliza 10 trámites, que deberán resolverse en un máximo de 30 minutos / Especial

Cada tres horas, en algún juzgado o alguna oficialía del Registro Civil de Yucatán, una pareja formaliza el fin de su matrimonio. En el 2024, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía documentó 2 mil 825 divorcios en el estado, un promedio de siete u ocho casos diarios, y la tendencia se disparó en el 2026: durante el primer trimestre del año se registraron mil 652 divorcios, frente a 926 en el mismo periodo del 2025, un incremento de 78% en apenas doce meses.

En ese contexto de creciente demanda, el Gobierno del Estado publicó una reforma que promete resolver en media hora trámites que antes tomaban semanas.

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Según el Acuerdo 13/2026, difundido en el Diario Oficial del Estado y que establece acciones de simplificación para los trámites del Registro Civil, diez procedimientos –entre ellos la adopción, el divorcio administrativo y el reconocimiento de paternidad o maternidad‒ deberán resolverse en un máximo de 30 minutos a partir de la entrega completa de documentos. Los cambios entrarán en vigor el martes 28 de julio, veinte días hábiles después de su publicación.

Menos papeleo

Para la adopción, ya no se pedirán actas de nacimiento ni de matrimonio; bastará con la solicitud de registro en el formato autorizado, copia de la sentencia definitiva que declare firme el proceso, la comparecencia de al menos una de las personas interesadas con identificación oficial, y el pago de derechos.

El recorte llega en un momento en que el sistema de adopciones yucateco enfrenta un rezago considerable: a inicios del 2026, 35 niñas, niños y adolescentes esperaban ser integrados a una familia, la mayoría alojados en Casa Otoch, el centro de asistencia social del DIF estatal. La mayoría de los menores en espera tiene entre cinco y siete años, y los adolescentes enfrentan mayores dificultades para ser considerados, pues las familias solicitantes suelen preferir niños de menor edad.

El proceso de selección tampoco es breve: la evaluación de idoneidad de los solicitantes dura entre tres y cuatro meses, mientras que el procedimiento de acogimiento preadoptivo se extiende de 30 a 60 días adicionales. En el 2024 se abrieron 47 expedientes de adopción en el estado, de los cuales 37 correspondieron a adopción por asignación y 10 a adopción directa –esta última ocurre cuando el menor no está bajo tutela pública‒ La cifra de adopciones concluidas cayó de un año a otro: del 2023 al 2024 el número de menores dados en adopción se redujo de 54 a 23.

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Especialistas y usuarios del sistema han señalado que los filtros y la falta de acompañamiento institucional prolongan la espera más allá de lo necesario, por lo que la simplificación documental del Acuerdo 13/2026 atiende una demanda ciudadana reiterada, aunque no resuelve por sí sola los cuellos de botella en la evaluación psicológica y social de los solicitantes.

Resolución exprés

En materia de divorcio administrativo, la reforma elimina la obligación de presentar comprobante de domicilio, constancia de vecindad y actas de nacimiento; sólo se pedirá la solicitud correspondiente, copia certificada del acta de matrimonio, el convenio de liquidación de bienes cuando existan, la comparecencia de ambas personas con identificación vigente y el pago de derechos. Esta vía únicamente procede cuando la pareja no tiene hijos menores de edad ni bienes comunes pendientes de repartir, ambos están de acuerdo en separarse y son mayores de edad.

El contexto estatal explica por qué esta agilización resulta oportuna. Durante el 2024, Yucatán registró una tasa de 29.7 divorcios por cada 100 matrimonios, ligeramente por debajo de la media nacional de 33.3, y diez ciudades concentraron el 91.5% de los casos: Mérida encabezó con mil 575 divorcios, seguida por Kanasín con 164 y Tizimín con 149. De los 2,825 divorcios registrados en el 2024, mil 65 fueron incausados y mil 760 se resolvieron por mutuo acuerdo; 66.1% se tramitó por vía judicial y el resto por la vía administrativa, precisamente la modalidad que ahora se simplifica.

Contrario a la idea de que las rupturas ocurren entre parejas jóvenes, el grupo más numeroso de divorciantes en el 2024 correspondió a matrimonios con 21 años o más de duración, con 899 casos.

Mayor digitalización

El reconocimiento de paternidad o maternidad, ya sea voluntario o por resolución judicial, también deberá resolverse en menos de 30 minutos. Los requisitos se mantienen enfocados en la comparecencia de quien reconoce y de la persona reconocida, con la particularidad de que los mayores de 12 años deberán dar su propio consentimiento, además de la autorización de quien ejerza su tutela si son menores de edad.

La reforma no se limita a estos tres trámites. Las constancias de inexistencia de registro –de nacimiento, matrimonio o defunción‒ se resolverán en menos de media hora si los datos están en el Sistema de Identidad Digital, o hasta en tres días si la revisión debe hacerse de forma manual. La expedición de copias certificadas en formato extracto tomará apenas 15 minutos, aunque las versiones “fiel al libro” podrán tardar hasta siete días hábiles. El decreto también advierte que, una vez vigentes los cambios, ningún servidor público del Registro Civil podrá exigir de nuevo los requisitos eliminados, bajo riesgo de que se le inicie un procedimiento administrativo o jurisdiccional.

Modificaciones constantes

Esta no es la primera simplificación que aplica el Registro Civil yucateco. En abril del 2025, el Gobierno del Estado ya había eliminado la exigencia de tres testigos y los certificados médicos para el registro de matrimonio, así como la obligación de presentar el acta de matrimonio de los padres para inscribir un nacimiento.

El registro extemporáneo de menores de hasta 17 años también dejó de requerir autorización especial del Registro Civil. El Acuerdo 13/2026 profundiza esa misma lógica de reducción de barreras burocráticas, en momentos en que la demanda de trámites familiares –divorcios, adopciones y reconocimientos‒ crece con fuerza en la entidad.

Para las familias yucatecas, el cambio representa una reducción tangible en tiempos y papeleo en procesos que suelen coincidir con etapas emocionalmente complejas: la disolución de un matrimonio, la búsqueda de un hogar para un menor en situación de vulnerabilidad, o el reconocimiento legal de un hijo.

Aunque la reforma no resuelve por completo los tiempos de espera en las etapas de evaluación –particularmente en adopción, donde los estudios socioeconómicos y psicológicos seguirán tomando meses‒ sí marca un avance concreto hacia un Registro Civil con menos exigencias documentales y respuestas más rápidas en la etapa final del trámite.