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Campeche

¿El acarreo es delito electoral en Campeche? Esto dice la Vicefiscalía

La Vicefiscalía de Campeche explicó que trasladar personas no es delito por sí solo; debe existir presión o influencia para modificar el sentido del voto. También revisa casos de VPMRG.

La Vicefiscalía de Delitos Electorales de Campeche aclaró que trasladar personas a eventos partidistas o a las urnas no constituye, por sí solo, un delito electoral
La Vicefiscalía de Delitos Electorales de Campeche aclaró que trasladar personas a eventos partidistas o a las urnas no constituye, por sí solo, un delito electoral

El traslado de personas a eventos partidistas o incluso a las urnas no constituye, por sí mismo, un delito electoral, aclaró la Vicefiscalía de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Campeche (Fgecam), y explicó que para que el llamado acarreo pueda configurarse como ilícito deben existir elementos adicionales, principalmente presión o influencia para modificar el sentido del voto.

El INE instaló su Consejo Local en Campeche y dio inicio formal a los trabajos rumbo al Proceso Electoral Federal 2026-2027.

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El vicefiscal Ignacio Coronel Cruz admitió que es común que durante los procesos electorales se presenten fotografías o videos de personas siendo subidas a camiones o camionetas y que, a partir de ello, se considere que existe un delito. No obstante, sostuvo que la legislación establece determinadas condiciones para que el traslado sea considerado ilícito.

Precisó que si durante el traslado una persona es presionada, inducida o influida para cambiar el sentido de su voto, entonces sí puede configurarse un delito electoral. En cambio, si únicamente se trata de un traslado sin condicionamiento o presión sobre la voluntad del elector, no se configura por sí solo el ilícito.

Ignacio Coronel Cruz explicó que para sancionar el acarreo debe demostrarse presión o inducción directa sobre el elector.
Ignacio Coronel Cruz explicó que para sancionar el acarreo debe demostrarse presión o inducción directa sobre el elector. / Alejandro Balan

Coronel Cruz llamó a representantes de partidos políticos y actores involucrados en los procesos electorales a conocer con precisión las disposiciones legales, pues no todo acto que genere sospechas o inconformidad constituye un delito electoral.

Reveló que durante los últimos procesos electorales se han presentado pocas denuncias por la presunta comisión de delitos electorales. Entre los expedientes que actualmente revisa, identificó principalmente casos relacionados con Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), aunque estimó que son alrededor de cinco o seis casos.

Explicó que una de las conductas que puede constituir violencia política de género ocurre cuando a candidatas mujeres se les entregan recursos de campaña en una proporción menor a la que reciben candidatos hombres, pues existe una afectación diferenciada derivada de su condición de género.

Sin embargo, aclaró que en lo que va de 2026 la Vicefiscalía no ha recibido ninguna denuncia de este tipo. Esto se debe, entre otros factores, a que el Proceso Electoral Local 2026-2027 aún no ha iniciado, pues su arranque está previsto para diciembre.

El vicefiscal también diferenció otros posibles ilícitos, como la recolección de credenciales para votar, conducta que, precisó, corresponde a la competencia federal y no a la Fiscalía estatal.

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Ante la confusión existente sobre qué conductas constituyen delitos electorales, adelantó que organizará una sesión informativa dirigida a representantes de medios y partidos políticos para explicar las disposiciones legales y los elementos que deben acreditarse para presentar una denuncia sustentada.

JGH